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Noticias 2017-06-22 18:31

COMUNICADO AUTORIZACIÓN L7 DEL METROBÚS Y SUS ADECUACIONES

Ciudad de México a 22 de junio de 2017



COMUNICADO AUTORIZACIÓN L7 DEL METROBÚS Y SUS ADECUACIONES





COMUNICADO



Después de haber analizado a detalle las propuestas que desde hace varios meses ha venido



presentando al INAH, la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno de la Ciudad de México, para



construir la infraestructura para la operación de la Línea 7 del Metrobús y una vez habiendo



recibido el proyecto corregido el INAH ha otorgado la autorización para dichas obras, con base en



los siguientes criterios y consideraciones:



1. La competencia del INAH para conocer, dictaminar y autorizar el proyecto en cuestión, se



fundamenta en lo dispuesto en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos,



Artísticos e Históricos y su Reglamento, toda vez que la ruta de 15 kilómetros de longitud que



cubre la Línea 7 del Metrobús corre por vías que forman parte de la traza histórica de la



Ciudad de México, y en consecuencia deben ser consideradas monumentos históricos, por



determinación de ley.



Es el caso de la Calzada de los Misterios, antigua vía procesional que vinculó el Centro



Histórico de la Ciudad de México con el santuario religioso más importante de nuestro país, la



Villa de Guadalupe. En dicha Calzada se ubican también 15 misterios que forman parte del



sentido histórico y ritual de la ruta. Es el caso también del Paseo de la Reforma, en su tramo



comprendido entre Avenida Juárez y la Puerta de los Leones del Bosque de Chapultepec,



importante paseo constituido como tal desde el siglo XIX, para unir el Bosque de Chapultepec



con el Centro Histórico de la ciudad.



La Línea 7 del Metrobús pasa también por áreas declaradas Zonas de Monumentos Históricos



por el Ejecutivo Federal. Tal es el caso del tramo del Paseo de la Reforma que cruza por el



Centro Histórico de la Ciudad de México; así como el que atraviesa por la Primera Sección del



Bosque de Chapultepec.



Además, el antiguo Paseo de la Reforma incluye monumentos que datan del siglo XIX, como



aquellos que conmemoran a personajes destacados de la historia mexicana, representativos



de las entidades de la República.



2. El criterio general que desde un principio se estableció para avanzar en la formulación de este



proyecto de transporte público, se basó en las siguientes consideraciones:



ï‚· Mantener inalterable la traza del Paseo de la Reforma, en el tramo que corresponde a



la competencia del INAH, respetando la disposición e integridad de los camellones



central y laterales, las áreas jardinadas, y la disposición de arroyos y banquetas.



ï‚· Que el transporte público circulara por el carril derecho del arroyo central, por el que



desde hace décadas lo han hecho los autobuses del transporte público.



ï‚· Que los autobuses para este sistema de transporte serían abordados a nivel de



banqueta.



ï‚· Que las estaciones para el abordaje de los vehículos de transporte público no fuesen



confinados y consistieran sólo en estructuras ligeras para sostener cubiertas,



mamparas y bancas de espera.



ï‚· Que en los tramos competencia del INAH se evitara el retiro de árboles, modulando



las estaciones o paraderos, para que éstos permanecieran en su lugar.



ï‚· Que la localización de las estaciones de embarque y desembarque en cada sentido de



la circulación tendría que ser revisada, a fin de respetar la integridad, la visibilidad y



relevancia de los monumentos existentes y colindantes a lo largo del recorrido.



3. Una primera acción constructiva iniciada por las autoridades, fue el cambio de carpeta de



rodamiento. El INAH realizó un procedimiento de suspensión, puesto que las obras habían



comenzado sin la autorización correspondiente y podrían afectar el basamento de algunas de



las estructuras de los héroes de la Reforma, incluyendo sus pedestales, que son monumentos



por determinación de ley. El INAH requirió complementar medidas de protección para el



cuidado de dichos monumentos, que debiesen ser incorporados al proyecto constructivo del



carril correspondiente, asegurando la presencia de supervisión arqueológica en todo lo largo



de la ruta, por parte del área de Salvamento Arqueológico del INAH.



Una vez instrumentadas estas medidas, el 19 de mayo de 2017, se emitió la autorización para



concluir exclusivamente las obras de renovación de la carpeta asfáltica en el carril de



circulación del Metrobús.



4. El proyecto general revisado por el Instituto incluye, además del carril de circulación exclusivo



en ambos sentidos, la construcción de 30 paraderos de embarque en cada sentido de



circulación, dos estaciones terminales, mobiliario urbano para espera y señalética del sistema



de transporte público. Estos elementos presentaban algunas características que, de acuerdo



con el criterio técnico del INAH, la autoridad debió modificar, con el fin de cuidar el paisaje



histórico urbano, respetar la integridad de los monumentos, fortalecer el carácter del sitio



histórico y favorecer la apreciación visual de los elementos presentes en la ruta.



5. También se lograron acuerdos con el Gobierno de la Ciudad de México para enriquecer el



proyecto en los siguientes aspectos:



ï‚· La protección del espacio procesional histórico de la Calzada de los Misterios y la



restauración de los 15 monumentos votivos en la banqueta oriente, tanto aquellos



que son históricos, como los que fueron restituidos en el siglo XX.



ï‚· Corregir los emplazamientos de aquellas estaciones que comprometían la libre



apreciación de los monumentos, esculturas y jarrones históricos.



ï‚· Que el diseño de las estaciones de embarque-desembarque fuese transparente,



abierto y no protagónico.



ï‚· Modificar los mástiles en la señalética de cada estación, ubicando en su lugar estelas



de baja altura que prescindieran de propaganda comercial.



ï‚· Que la delimitación del carril exclusivo para el transporte fuese resuelta mediante



botones metálicos discretos y respetuosos del entorno; respetar las áreas peatonales



y los componentes de la traza, evitando la construcción de bahías para autobuses.



6. El último proyecto presentado a la consideración del INAH incorporó todas aquellas



observaciones que, desde el punto de vista técnico del Instituto, fueron requeridas para



garantizar la conservación de bienes patrimoniales, la no alteración del paisaje histórico



urbano, la no afectación a monumentos históricos y el salvamento de bienes arqueológicos



que pudiesen aparecer en el subsuelo.



7. Adicionalmente, el INAH y el Gobierno de la Ciudad de México han acordado colaborar en un



programa integral de imagen urbana y cuidado de los valores patrimoniales históricos en el



corredor establecido por el trazo de la Línea 7 del Metrobús, incorporando las siguientes



acciones:



ï‚· Retiro y restricción de elementos publicitarios en las zonas patrimoniales protegidas.



ï‚· Retiro de mobiliario urbano irregular o innecesario: antiguos parabuses, quioscos de



periódicos y venta de flores, puestos de comercio informal y papeleras.



ï‚· Elaboración de proyectos de intervención para los 15 misterios, los conjuntos



escultóricos, las esculturas individuales, pedestales, jarrones, fuentes y bancas de



cantera, con objeto de atender su limpieza, mantenimiento y restauración, bajo la



supervisión de los institutos competentes (INAH e INBA), y con el apoyo operativo y



financiero del Gobierno de la Ciudad de México.



8. En el marco de estas acciones y medidas para la protección y conservación del patrimonio de



la Ciudad de México, el 19 de junio del año en curso, el INAH emitió la autorización del



proyecto denominado “Corredor vial de la Línea 7 del Metrobús y sus adecuaciones para el



servicio complementario”.



INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA

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